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Title
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Source
born-digital
Media Type
email
Date Entered
2002-01-28
September 11 Email: Body
Monday, January 28, 2002 9:10 AM
Regulaciones a la ley...
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Soy madre de una niña que perdió su padre en el WTC. El padre de mi hija se había casado nuevamente, por lo que en el momento del atentado tenía otro representante personal. En la actualidad, no tengo idea de cuál es el tipo de acción que su nueva esposa va a tomar. Generalmente, me dejaba llevar por el listado de personas que habian reclamado hasta el momento para entonces así, poder tener conocimiento a qué tipo de acción mi hija hiba a ser parte y poder reclamar lo que en ley le pertenece; dado el caso de que solo es una reclamación por victima. Lamentablemente, se pide ahora un "password" para poder accesar a la lista, el cual yo no tengo. Mi comentario con relación a la ley es el siguiente:
Según la Ley del Fondo de Compensación a las Victimas de septiembre 11 de 2001, se creó un reglamento anexo donde se establece lo siguiente:"... para que las compensaciones fueran rápidas, sin que las victimas tuvieran que lidiar con burocracia ni presiones innecesarias".Además, para que las victimas no tuvieran que entrar en litigios, donde gastarían mucho dinero.
En otra parte el reglamento señala: "proporcionar una compensación justa y apropiada teniendo en cuenta las circunstancias particulares de los reclamantes".
Resulta irónico que si en su exposición, la ley justifica su creación para evitar litigios angustiosos, largos y costosos, entonces solo permita el que se haga una sola reclamación por victima, si eventualmente los familiares de las victimas van a entrar en litigios para defender sus derechos. Vivimos en el siglo 21, donde las personas se divocian dejando hijos con un primer matrimonio y teniendo mas hijos con otros matrimonios. Todos esos hijos tienen o deben tener el mismo derecho ante la ley, sin tener que esperar por un representante personal a que se decida por que acción quiere tomar. En mi caso en particular, mi hija es la mayor de 3 hijas que tuvo la victima. La primera nieta y la hermana mayor, es ridículo que tenga que esperar por una persona llamada "representante personal" para reclamar lo que por derecho le corresponde. Mi sugerencia :"Permitir que todas las partes tengan el mismo derecho a reclamar, no solamente el representante personal, ya que ello implica que tienen que esperar a que el mismo se decida por cuál acción tomar, sino que la parte que desee acogerse a la compensación pueda hacerlo, aún si el representante personal quisiera demandar. Cualquiera que fuera el caso es lo mismo, porque si demandan, ya el gobierno impuso cierto limite para pagar y si se acogen a la compensación tambien. Además, si ambas partes se acogieran a la compensación, sería el hecho de dividir el monto de la compensación, según estipula la ley.
Individual Comment
Juncos, P.R.
September 11 Email: Date
2002-01-28
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Citation
“dojP000225.xml,” September 11 Digital Archive, accessed November 4, 2024, https://911digitalarchive.org/items/show/23008.